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¿Qué es el IPI?

Es un impuesto anual que se aplica sobre el patrimonio inmobiliario de las Personas Físicas y de los Fideicomisos.

¿Qué grava este impuesto?

Para el año 2022, este impuesto grava el total del patrimonio de los Fideicomisos y en el caso de las Personas Físicas, grava el total del patrimonio superior a (8,829,763.3), conformado por:

Inmuebles destinados a viviendas o actividades comerciales, profesionales e industriales y/o solares urbanos edificados o no.

¿Hay alguna exención para el pago del impuesto?

Sí. Para el año 2022, están exentos del pago de este impuesto los inmuebles:

  1. Que formen parte de un patrimonio inferior a (RD$ 8,829,763.3).
  1. La vivienda cuyo propietario tenga sesenta y cinco (65) años de edad o más, siempre que dicha vivienda sea el único patrimonio inmobiliario del propietario.
  1. Ubicados en zonas rurales, dedicadas a labores agropecuarias.
  1. Acogidos a la Ley No. 158-01 sobre Fomento Turístico, pertenecientes a los primeros adquirientes (Personas Físicas).

Notas:
• La exención de RD$8,829,763.3 no aplica para los Fideicomisos.
• Este monto será ajustado anualmente por la inflación acumulada correspondiente al año anterior.

  1. El Fideicomiso de viviendas de bajo costo y el de oferta pública.

¿Qué hacer para registrar un inmueble?

Para registrar su inmueble debe presentarse directamente a la Administración Local (oficina de Impuestos Internos) que corresponda a la jurisdicción del inmueble, con los documentos siguientes:

  • Formulario de Recepción de Documentos para la Declaración de Inmuebles (IPI) – (FI-DVB-001), llenado y firmado (en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
  • Copia del Título de Propiedad (en su defecto, Constancia anotada o Sentencia del Tribunal de Tierra y/o Acto de Venta de la Propiedad).
  • Mensura Catastral (si existe).
  • Plano de la mejora edificada en la propiedad (si aplica).
  • Copia de la cédula de identidad (del propietario y del representante si lo hubiere) y pasaporte en caso de extranjeros o dominicanos residentes en el extranjero que no poseen cédula de identidad.
  • Dirección exacta del inmueble. Tasación privada (opcional).

¿Cuándo se paga el IPI?

Este impuesto será pagadero en dos (2) cuotas semestrales, siendo la primera dentro de los siguientes diez (10) días contados a partir de la fecha límite de presentación de la Declaración Jurada, como aparece a continuación:

Concepto

Fecha Límite

Lugar

Presentación de la Declaración Jurada

Los primeros 60 días del año

Administraciones Locales

Primera cuota

11 de marzo

Administraciones Locales, Colecturías y Bancos autorizados

Segunda cuota

11 de septiembre

Administraciones Locales, Colecturías y Bancos autorizados

¿Cómo y dónde pagar?

Para realizar el pago de los impuestos, los contribuyentes tienen tres opciones:

Pagos en línea por internet: BDI, BHD León, Popular, Progreso, BanReservas, Citigroup, López de Haro, Santa Cruz, Promérica, Banesco, Lafise, Scotiabank, Bancamérica, Asociación Popular de Ahorros y Préstamos.

Vía Ventanilla: BDI, BHD León, Popular, Progreso, BanReservas, Citigroup, López de Haro, Santa Cruz, Promérica, Banesco, Lafise, Scotiabank, Bancamérica, Vimenca, Ademi, Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos, Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos, Banco Empire, Banco Caribe, Banco Alaver.

Administraciones Locales.

En caso de que el pago se realice en las Administraciones Locales y el monto a pagar supere los quince mil pesos (RD$15,000.00) debe realizarse con cheque certificado o de administración a nombre de: Colector de Impuestos Internos.

¿Qué pasa si paga después de la fecha establecida?

Si realiza el pago después de la fecha límite, se le aplicará un 10% de recargo por mora sobre el valor del impuesto a pagar, por el primer mes o fracción de mes, un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente; así como un 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes sobre el monto a pagar.

Datos importantes para estadística

Año 2022: RD$ 8,829,763.03.

Año 2021: RD$ 8,138,353.26.
Año 2020: RD$ 7,710,158.20.
Año 2019: RD$7,438,197.00.
Año 2018: RD$7,138,384.80
Año 2017: RD$7,019,383.00.
Año 2016: RD$6,858,885.00.
Año 2014 y 2015: RD$6,752,200.00.
Año 2013: RD$6,500,000.00.
Año 2012: RD$5,000,000.00.

Fuente: Esta nota informativa fue realizada tomando como base datos contenidos en la página web de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII)

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Autor: Neftali Barett Rodney